Norma estatal · Michoacán
Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Michoacán de Ocampo
Su artículo 11 fija la jerarquía peatones, ciclistas, transporte público, carga y vehículo particular, con preferencia de paso para peatones y una separación mínima de 1.5 metros al rebasar ciclistas. Las velocidades detalladas están en el reglamento.
Relación con la Ley General
Invoca expresamente la Ley General. La norma marco es la LGMSV.
Qué falta confirmar
- El Congreso aprobó una reforma en septiembre de 2026: falta confirmar su publicación.
- La liga es un portal estatal; conviene enlazar la versión del Congreso cuando esté actualizada.
Resumen informativo con redacción propia, no sustituye el texto oficial. Antes de actuar o citar, consulta la versión vigente en el Periódico Oficial de la entidad.